De acuerdo con esto El Ministerio la Tegnologias de la Información y las Comunicaciones dispone unos requisitos que son de vital importancia conocer para la creación y el fomento de las emisoras comunitarias. donde en su pagina "http://archivo.mintic.gov.co/mincom/faces/?id=1" nos plantea de manera muy practica que pasos se deben cumplir y que requisitos para la creación de estas
A continuación les presentare Cuales son estos requisitos:
¿Qué es la Radio Comunitaria?
El Servicio Comunitario de Radiodifusión Sonora es un
servicio público de telecomunicaciones, de interés social, sin ánimo de lucro,
a cargo y bajo la titularidad del Estado, quien lo prestará en gestión
indirecta a través de comunidades organizadas debidamente constituidas en
Colombia.
La norma que reglamenta el
Servicio Comunitario de Radiodifusión Sonora es el Decreto 1981 de 2003. (Ver: Decreto 1981 de 2003)
¿Cuáles son los requisitos para acceder a una emisora
comunitaria?
El Decreto 1981 de 2003 establece que el servicio
comunitario de radiodifusión sonora será prestado por organizaciones sociales,
que cumplan con las siguientes condiciones:
- Ser una comunidad organizada debidamente constituida en Colombia.
- Tener domicilio en el municipio.
- Haber desarrollado trabajos con la comunidad municipal en diferentes áreas del desarrollo social.
- Acreditar capacidad de congregar a las organizaciones sociales del municipio para constituir la Junta de Programación.
- No estar incurso en causal de inhabilidad, incompatibilidad o prohibición de orden constitucional o legal.
- No ser concesionario del servicio de radiodifusión sonora.
¿Qué se entiende por Comunidad organizada?
Se entiende por comunidad organizada a la asociación de
derecho, sin ánimo de lucro, integrada por personas naturales y/o jurídicas, en
la que sus integrantes estén unidos por lazos de vecindad y colaboración
mutuos, en beneficio del desarrollo local y la participación comunitaria. Ver: Decreto 1981 de 2003
¿Qué tipo de organizaciones ó comunidades pueden prestar el
servicio de radio comunitaria?
Entre el tipo de organizaciones o comunidades seleccionadas
para prestar el servicio de radio comunitaria se destacan las asociaciones,
corporaciones, fundaciones, juntas de acción comunal, entidades religiosas,
educativas, ecológicas, juveniles, indígenas, cooperativas, deportivas,
comerciantes, padres de familia y artesanos.
¿Cuál es el procedimiento para la adjudicación de licencias
de radio comunitaria?
07-Oct-2009
El Decreto 1981 de 2003 establece que las concesiones para
el Servicio Comunitario de Radiodifusión Sonora se otorgarán con arreglo al
deber de selección objetiva, atendiendo los principios de transparencia,
economía, responsabilidad, de conformidad con los postulados que rigen la
función administrativa, la ley 80 de 1993, el Plan Técnico Nacional de
Radiodifusión Sonora en AM y FM y demás disposiciones contenidas en dicha
norma.
¿Puede una emisora comunitaria pasar publicidad,
comercializar espacios y transmitir propaganda política?
El Decreto 1981 de 2003 establece que por las estaciones del
Servicio Comunitario de Radiodifusión Sonora podrá transmitirse propaganda,
exceptuando la política, y darse crédito a los patrocinadores de programas o
reconocer sus auspicios, siempre que no se trate de personas cuyas actividades
o productos esté prohibido publicitar. Los anuncios publicitarios no podrán
ocupar espacios superiores a quince (15) minutos por hora de transmisión.
La prohibición de emitir pauta política no conlleva la
prohibición de hacer programas educativos de acuerdo con la definición que ha
hecho el Consejo Nacional Electoral sobre de divulgación política.
Se entiende por divulgación política la que con carácter
institucional realicen los partidos, movimientos, con el fin de difundir y
promover los principios, programas y realizaciones de los partidos y
movimientos, así como sus políticas frente a los diferentes asuntos de interés
nacional. Mediante este tipo de publicidad no se podrá buscar apoyo electoral
para los partidos o movimientos. Se entiende por propaganda electoral la que
realicen los partidos, los movimientos políticos y candidatos a cargos de
elección popular y las personas que los apoyen, con el fin de obtener apoyo electoral
(Ley 30 de 1994).
¿Puede una emisora comunitaria tener cobertura en varios
municipios?
Las emisoras comunitarias están definidas en el Plan de
Radiodifusión como estaciones clase D, destinadas a cubrir con parámetros
restringidos áreas urbanas y/o rurales, o específicas dentro de un municipio o
distrito.
¿Cuántas emisoras comunitarias puede tener un municipio?
La asignación de frecuencias de radio se hace de acuerdo al
Plan Técnico de Radiodifusión. En el caso particular de la modalidad de radio
comunitaria, a cada municipio se le ha asignado una frecuencia para una
estación de cubrimiento local restringido, con el fin de hacer un uso eficiente
del espectro y evitar interferencias perjudiciales.
Sin embargo, existe la posibilidad de que en algunas
ciudades capitales, en razón a su extensión y población, funcionen varias
emisoras comunitarias, de muy baja potencia, para lo cual el Ministerio se
encuentra realizando estudios que permitan, a futuro, adjudicar este servicio con
nuevas características técnicas.
¿Puede una emisora comunitaria constituir una cadena radial?
Según el artículo 11 del Decreto 1446 de 1995, las emisoras
comunitarias no podrán pertenecer a ninguna cadena radial.
No obstante, de acuerdo con la misma norma y el artículo 16
del Decreto 1981 de 2003, las estaciones del Servicio Comunitario de
Radiodifusión Sonora podrán efectuar transmisiones simultáneas en forma
ocasional, de programas de interés común, sin constituir una cadena radial. Estas
transmisiones están autorizadas de manera general.
¿Cómo debe ser la programación de una emisora comunitaria?
De acuerdo con el Decreto 1981 de 2003, la programación de
las estaciones del Servicio Comunitario de Radiodifusión Sonora está orientada
a generar espacios de expresión, información, educación, comunicación,
promoción cultural, formación, debate y concertación que conduzcan al encuentro
entre las diferentes identidades sociales y expresiones culturales de la
comunidad, dentro de un ámbito de integración y solidaridad ciudadana y, en
especial, a la promoción de la democracia, la participación y los derechos
fundamentales de los colombianos que aseguren una convivencia pacífica. Siempre
que la emisora trabaje con estos criterios de carácter social, la manera como
estructure su plan de programación está dentro de la autonomía de la
organización social que ha recibido la licencia de parte del Ministerio de
Tecnologías de Información y Comunicaciones.
Bobliografía
http://4.bp.blogspot.com/ID51Ay2wINg/TbnjYJoAS_I/AAAAAAAAABE/nOdkxYPx88/s1600/radio_comunitaria2.jpg
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